jueves, 6 de enero de 2011

EXHORTO

Publicado en la columna Exégesis de lacronica.com el 5 de enero del 2011
Arnoldo Castilla*
Una reunión de profesores de la Facultad de Derecho Mexicali, llevada a cabo el día de ayer a las 11:00 horas. En el aula magna de esta facultad dio motivo al presente escrito, en el que se trata de contribuir a esclarecer lo que está sucediendo al interior de la Junta de Gobierno de la UABC.
I.- Como es público, esta Junta está polarizada en dos grupos –G5 y G6-, lo que le ha impedido hasta hoy designar a la persona que ocupará la Rectoría de la Universidad. El citado organismo tiene un plazo de treinta días para cumplir con su función principal –el nombramiento de rector-, mismo que se cumplirá el día de mañana. Los augurios señalan que dado el grado de enfrentamiento que se ha venido acentuando, es difícil que se llegue en este día a un entendimiento.
II.- De voz del señor presidente de la Junta de Gobierno nos enteramos que hasta el día de ayer los miembros de la Junta de Gobierno no se han reunido, lo que presume poco interés por encontrar solución a un problema que atañe al interior de esta institución, pero también a la comunidad universitaria y a la sociedad en general.
El problema no son los candidatos, personas todos ellos muy respetables, sino la lucha por parcelas de poder entre los dos grupos ya mencionados. Los intereses personales y de grupo han podido más que el bien de la UABC.
Como solución se ha propuesto la designación de un rector interino por un periodo de cuatro meses, para durante ese periodo modificar la ley orgánica y el estatuto de la Universidad, reformas legales que permitirán no sólo modificar los procesos de nombramiento de rector y evitar así el empantanamiento de esta función de la Junta, sino también definir el modelo de Universidad que desea la comunidad de esta Casa de Estudios. Esta medida está prevista en el estatuto universitario para suplir las faltas temporales de rector mas no así para regular la ausencia definitiva, por lo que se considera que es una norma inaplicable al caso presente. Otros consideran por el contrario, que es aplicable dicha norma realizando una interpretación analógica y extensiva, por considerar que daría solución al caso que se vive actualmente en la Junta de Gobierno de la UABC.
III. El problema es, si no pudieron los miembros de la Junta de Gobierno ponerse de acuerdo para designar rector definitivo, ¿podrán hacerlo para designar rector interino?
IV.- El incumplimiento de su función por parte de la Junta de Gobierno, pues debió designar rector antes del vencimiento del periodo de Gabriel Estrella Valenzuela y ya transcurrido el término de treinta días que marca el estatuto universitario, ha llevado a un ex rector a manifestar que existe ineptitud en la Junta de Gobierno y que esto es motivo para su disolución. Hay quienes afirman que muy sano sería para la institución que todos los miembros presentaran su renuncia, tomando en cuenta además que Rosa Imelda Rojas, miembro de la Junta de Gobierno, habla ya de ofertas de negociación con los puestos académicos, una especie de trueque universitario incongruente con la pulcritud con la que se debe llegar a estos cargos.
¿Es quijotesco pensar que en un acto de buena voluntad a favor de la Universidad, los miembros de la Junta de Gobierno pudieran renunciar?
V.- Otra propuesta que se maneja en los corrillos universitarios es aquella encaminada a que la Junta de Gobierno convoque a un nuevo proceso para la elección de rector. Nueva convocatoria, nuevos candidatos, pero otra vez la pregunta ¿podrán ponerse de acuerdo los miembros de la Junta?
VI.- Es necesario considerar que no sólo se trata de designar a un administrador de un corporativo, se debe nombrar a un rector, lo que implica mayores exigencias y formación académica, administración, capacidad de liderazgo y negociación, y sobre todo reconocimiento social.
En la crisis por la que atraviesa la Junta de Gobierno todo parece indicar que los intereses personales y las pasiones predominan sobre el interés universitario.
Requerimos de un rector legitimado por el consenso de la comunidad universitaria, para que pueda ser sostenedor y defensor de la autonomía, que se traduce en la libertad de la institución para autogobernarse y elegir libremente sus autoridades, académica para determinar el desarrollo de sus actividades docentes, de investigación y de extensión y difusión de la cultura, administrativa para obtener y administrar libremente su patrimonio, y normativa para dictar sus propios ordenamientos jurídicos.
Nota: Esperamos que el día 6 de enero, renunciando a sus intereses personales y apetencias de poder, los miembros de la Junta de Gobierno designen un digno rector para la UABC y que de este triste episodio, que poco a poco se ha convertido en un triste conflicto, la Universidad resulte fortalecida y reestructurada en su ordenamiento jurídico y en sus sistemas de funcionamiento.
*El autor es abogado y catedrático de la UABC.

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